Que criterios aplican los dueños (vendedores) de una propiedad para las condiciones de pago?
- vennom43
- 16 jun 2021
- 3 Min. de lectura
Actualizado: 18 jun 2021
Durante la promoción de una propiedad, podemos encontrarnos con los requisitos por parte del vendedor en cuanto a las condiciones de pago en la venta de la propiedad, los cuales podrían resumirse en los siguientes:
"Solo recursos propios"
"Solo Crédito bancario y/o recursos propios"
"Todos los créditos y/o recursos propios" (el menos común de todos)
Obviamente la opción ideal para todos nosotros seria el pago con "recursos propios", es decir, un movimiento muy rápido en la operación de compra-venta. Desafortunadamente no todos contamos con la liquidez para cubrir una transacción de esta magnitud, y es, donde para el comprador se vuelven excelentes opciones los Créditos, desde bancarios hasta los que otorgan ciertas instituciones, para poder lograr hacerse de un patrimonio.
En el caso del Crédito bancario, este puede ser tramitado en función de los ingresos, estabilidad económica, capacidad de deuda y liquidez, con lo cual este tramite puede hacerse incluso antes de haber elegido una propiedad, asi una vez aprobado el crédito, y dependiendo de la institución, se cuenta con, mínimo, 30 días para ejercer el crédito, lo cual tanto como para el comprador y para el vendedor implica una operación rápida y ágil, en la liquidación de la propiedad. Aun si el crédito bancario iniciara a tramitarse cuando se ha llegado a un acuerdo de compra, el período en el que este queda resuelto y la operación liquidada es en un plazo no mayor a 5 semanas. El comprador, puede recurrir a una pre-autorización, lo cual le da una visión del alcance que puede tener para la adquisición de un bien inmueble.
Que pasa con los otros créditos? Porque son tan mal vistos por algunos vendedores (propietarios)?. Bien, los créditos otorgados por instituciones tales como INFONAVIT, FOVISSSTE, ISSSTELEON, primero, tienen otros tiempos en el tramite y liberación de los mismos, los cuales pueden ir desde mínimo 4 semanas para la aprobación, lo cual ocurre después de haber sido valuada la propiedad, 2 semanas para cita con el notario, y, una vez firmada la operación de compra venta 2 semanas para la liquidación al vendedor. (En alguna de estas instituciones el proceso se lleva mínimo dos meses y medio).
Segundo, adicional a los tiempos de espera suele ocurrir que la valuación de la propiedad puede estar por debajo del precio ofertado o de mercado, lo cual implica que la diferencia contra el precio acordado debería de ser cubierta por el comprador, lo cual en la mayoría de las ocasiones no ocurre y la operación queda cancelada. Aun y cuando la pre-calificación haya indicado una cantidad mayor.
Lo anterior implica, que el tiempo que se estuvo esperando para la aprobación del crédito de estas instituciones, la propiedad estuvo sin promoción por la promesa de compra-venta que al final puede no realizarse y pudiera haberse perdido la oportunidad de realizar la operación con otro comprador potencial.
Por otro lado, también están los tiempos que establece el propietario (vendedor) para la venta de su inmueble y, en la mayoría de los casos es "tan rápido como sea posible".
Entonces, la limitación de los créditos institucionales, esta en función de tiempo vs oportunidad, asi como la incertidumbre de que se autorice por el monto total de la operación.
Sabemos de la importancia de utilizar estos créditos institucionales por ser parte de una prestación y un derecho que tenemos como trabajadores y, en este caso podemos aprovechar las opciones en combinación que ofrecen las distintas instituciones bancarias.
En todas esta operaciones el asesor inmobiliario es un gran aliado para ambas partes COMPRADOR y VENDEDOR, ya que puede hacer el análisis de viabilidad de la operación con cualquiera de los créditos y sus combinaciones.

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